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La Ley Número 167, del 11 de agosto de 2002, del Estado Libre Asociado, requiere que las dependencias gubernamentales implanten Programas de Apoyo al Empleado (PAE).
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Ley Núm. 167 del año 2002 (P. del S. 341)
Para crear en las Agencias del Gobierno, Gobiernos Municipales y las
Empresas Privadas
programas de ayuda al empleado
Respondiendo a este mandato de Ley, la Universidad de Puerto Rico en Carolina establece este Programa, a partir de febrero de 2006, mediante el cual se brindará apoyo y ayuda psicosocial a los empleados administrativos, docentes y gerenciales, así como a sus familiares inmediatos.
El servicio psicosocial permitirá la identificación temprana y el manejo adecuado de aquellas situaciones personales que puedan estar interfiriendo con la ejecución en su trabajo.
Facilidades
La oficina del PAE está ubicada en las facilidades del Edificio de Administración, Tercer Piso, Oficina 3 (cerca a la Oficina de Registraduría).
Horario
- Lunes, miércoles y viernes
10:00a.m.-12:00m. / 2:00p.m.-4:00p.m.
- Jueves
9:00a.m.-12:00m. / 1:00p.m.-4:00p.m
Objetivos
- Servir a la Institución, a sus empleados y a sus familiares, proveyendo asistencia en sus situaciones personales, las cuales podrían estar afectando su ejecución en el trabajo;
- Servir como recurso en el área laboral cuando se intervenga con este personal los cuales ven afectada su ejecutoria laboral por causa de sus situaciones personales;
- Proveer asistencia, referido y seguimiento en los servicios de salud mental, dependencia al uso de sustancias controladas, y otros problemas, que se evidencien en el área de trabajo
Confidencialidad
- El servicio que provee la Oficina del PAE, se ofrece sobre base de estricta confidencialidad y bajo ningún concepto perjudicará la seguridad en el empleo o las aspiraciones de ascenso de los empleados.
- El Profesional de Ayuda a cargo del Programa, tomará las medidas pertinentes para mantener la confidencialidad de la información relacionada con la participación del empleado en el Programa
Elegibilidad
- La decisión de participar del Programa de Ayuda al Empleado(a) es completamente voluntaria, dándole a la persona el derecho de tomar la decisión de aceptar o rechazar la alternativa de buscar ayuda.
- Serán elegibles todos(as) los(as) empleados(as) de la Universidad de Puerto Rico en Carolina, incluyendo su familia inmediata, independientemente del rango o puesto que ocupen. Los(as) empleados(as) bajo suspensión temporera de empleo y sueldo podrán beneficiarse del PAE, siempre y cuando no exista una intervención judicial en el caso.
- El tiempo que utilice el(la) empleado(a) en horas laborables para comparecer a las citas con el Profesional de Ayuda de PAE, se considerará asunto oficial. El (la) empleado(a) hará arreglos con su supervisor y el Profesional de Ayuda certificará la comparecencia a la cita, de ser requerida.

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